Nuevo Instituto de Riesgos Laborales aumentará beneficios a los afiliados

|

Arl 3607 fachada 12324527 20191001180318


SANTO DOMINGO, RD/ DIARIO DE SALUD.— Ley 379-19, que crea el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (Idoppril), que disuelve el Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) y convierte a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) en instituto, representa un cambio en la organización y operatividad de la entidad, adicional a los actuales beneficios, porque ampliará la cobertura, incluyendo gastos funerarios para los afiliados.


Con la modificación de la ley, la ARL se convierte en una institución con personería jurídica y patrimonio propio, lo que permitirá afianzar el servicio ofrecido en beneficio de los más de cuatro millones de trabajadores del país, tanto púbicos como privados.


Las estadísticas dan cuenta del incremento en los reportes de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que al día de hoy superan las 340,000 calificaciones de casos investigados. 


Esto según la entidad, “gracias a la puesta en marcha de una extensa campaña informativa y educativa, que incentivó las notificaciones, impulsó la promoción de espacios de trabajo saludables y seguros en las empresas y la implementación de programas de prevención de riesgos, salud y seguridad laboral”.


En su artículo 34, la nueva Ley 397-19 establece que el “Idoppril asume en nombre y representación de la Administradora de Riesgos Laborales Salud Segura (ARLSS), la responsabilidad y la gestión de todos los procesos administrativos, financieros y jurídicos en curso, incluyendo su patrimonio, los activos, pasivos, cuentas bancarias, registro de contribuyente, acuerdos, convenios, contratos y otros compromisos vigentes, así como cualquier otro proceso, actualmente gestionado a nombre de la ARLSS, mientras se completa la transición”.


Al ponderar la ley, el gerente general del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Rafael Pérez Modesto, dijo que en lo adelante las pensiones de sobrevivencias serán de un cien por ciento del salario cotizable de los últimos dos años del afiliado al Seguro de Riesgos Laborales que fallezca.

La ley modifica el tope mínimo del grado de discapacidad para fines de recibir indemnización del Seguro de Riesgos Laborales que se reduce de un 15% a un 5%, con esta medida se lograría que más trabajadores reciban esas prestaciones por la discapacidad sufrida en su trabajo.


El Idoppril contará con un consejo directivo presidido por el Ministerio de Trabajo, al cual está adscrito, e integrado por el sector empleador, laboral y la dirección ejecutiva.


Explicó Pérez Modesto que la Ley 379-19 tendrá como propósito la administración y pago de las prestaciones del Seguro de Riesgos Laborales del SDSS, la contratación de servicios de salud para la atención de afiliados por enfermedades producto del trabajo y accidentes laborales, la promoción sobre prevención y control de los riesgos laborales y la promoción del estudio, conocimiento y atención integral de la salud de los trabajadores.


La aprobación incluye que las estancias infantiles del IDSS sean administradas por el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi) y que los afiliados al seguro de salud de dicha entidad pasen al Seguro Nacional de Salud (Senasa), manteniendo la antigüedad con las garantías de sus derechos. Los empleados de las empresas privadas podrán optar por otra ARS de su preferencia, tienen tres meses de plazo.


“Este cambio en las estancias infantiles representa un impulso cualitativo y cuantitativo en el servicio que ofrecen a los hijos de los afiliados al sistema desde cuarenta y cinco días de nacidos hasta los cinco años de edad, reciben alimentación, educación, estimulación temprana, actividades de desarrollo psico-social y recreativo”, manifestó.

Sin comentarios

Escribe tu comentario




No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.