Solicitan al CNSS falle contra ARS que negaron cobertura a pacientes

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SANTO DOMINGO/ DIARIO DE SALUD- La Asociación de Pacientes Renales Sendero de Vida demandó este miércoles del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) abocarse a conocer las apelaciones de que han sido objeto las resoluciones condenatorias emitidas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRRIL) contra las ARS negaron dar cobertura de procedimientos, servicios y medicamentos a sus afiliados.


Eddis Castillo, director ejecutivo de Cododsalud manifestó su preocupación por el hecho de que la SISALRIL cumple con su deber al aplicar la resolución 375-02, reconociendo los derechos de los pacientes de alto costo y complejidad, pero las ARS se niegan a pagar las multas, recurriéndolas en apelación y los casos son engavetados en el CNSS.


Dijo que el CNSS se hace cómplices del sector empresarial, quienes son los dueños de las ARS.


Afirmó que “…la entidad que rige la seguridad social apoya más a las ARS que a los afiliados; y una muestra de ello son los múltiples obstáculos que ha puesto ante la solución de problemas urgentes como son la actualización del catálogo de prestación de servicios, y la modificación de la Ley 87-01, con el agravante de que la entidad mantiene esos temas en una especie de limbo, mientras los pacientes de alto costo y los afiliados, en sentido general siguen muriendo y le son violados sus derechos diariamente.”


La Asociación mencionó que entre los múltiples casos que han sido apelados y están pendiente de ser conocidos, está el sonado caso de la paciente renal fallecida Tomasina de la Cruz, a quien la ARS Humano le negó la cobertura de una fístula arteriovenosas, siendo condenada al pago de casi 2 millones de pesos.


Recordó que esta resolución fue apelada y el proceso no ha sido conocido por el Consejo Nacional de la Seguridad Social; no obstante los contantes requerimientos de Sendero de Vida, para que se aboque a emitir el correspondiente fallo conociendo la apelación y ratificando la multa de que fue objeto Humano, por negar cobertura a la paciente que, según la declaración de Sendero de Vida, murió como consecuencia de esa negación.

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