RD: Único país donde se vende bebidas alcohólicas a conductores

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SANTO DOMINGO/ DIARIO DE SALUD.- República Dominicana es el único lugar del mundo donde existen establecimientos que expenden bebidas alcohólicas listas para el consumo a conductores en sus propios vehículos.


Ocurre a pesar de la existencia de una ley de tránsito que prohíbe a los dominicanos conducir en estado de embriaguez, y hasta el presente nadie regula esta práctica de corte ilegal.


Desde el 24 de mayo del año 1995 existe El Trompo Peaje, primer negocio Drive Thru dedicado a la venta de bebidas alcohólicas a conductores en sus propios autos.


Dicho negocio, ubicado en la avenida Tiradentes, esquina Frank Félix Miranda del ensanche Naco, en la ciudad de Santo Domingo, “inauguró” esta práctica, que ha sido imitada por otros negocios, como el denominado Linconazo, ubicado en la avenida Abraham Lincoln, esquina a Rafael Augusto Sánchez, entre otros en el interior del país.


La Ley 241-67 que reguló las normativas del tránsito de vehículos en República Dominicana desde 1967, hasta la aparición de la Ley 63-17, de este mismo año, (que aún no se aplica por problemas estructurales), expresa en su artículo 93: “Queda prohibido conducir un vehículo en estado de embriaguez a consecuencias del uso de bebidas alcohólicas y de sustancias estupefacientes”.


Las sanciones relacionadas con la violación de tal normativa, se relacionan en el artículo 94, e incluyen desde la aplicación de una multa hasta la suspensión definitiva de la licencia de conducción.


La nueva ley, en su artículo 249, resalta la misma prohibición de conducir bajo los efectos de drogas o sustancias controladas, y agrega que de comprobarse el consumo será considerado una falta grave, sobre todo para los conductores de vehículos públicos, asimismo, la normativa incluye una prueba de alcoholemia de obligatorio cumplimiento, cuyos resultados deben ser inferiores a 0,5 gramos por litro (gr/1) en la sangre o 0.25 miligramos por litro (mgr/1) en el aire espirado. Para el caso de las drogas, contempla una prueba toxicológica mediante una muestra de saliva.


No obstante estas normativas, la ley adolece de un artículo que describa y especifique el tipo de negocio, creando un vacío legal que permite a establecimientos como los citados servir bebidas a conductores para su consumo inmediato.

Los decesos por accidentes de tránsito constituyen un flagelo mundial. Según datos suministrados por el Observatorio de Seguridad Ciudadana, correspondientes a 2015, en República Dominicana perecieron mil 946 personas por accidentes de tránsito solo en el 2015, a razón de 19,5 fallecidos por cada cien mil habitantes.


Por Dary Terrero



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