Unión Médica dispone retiro televisores de habitaciones y salas de espera

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SANTIAGO/ DIARIO DE SALUD .-Porque no está en condiciones de agregar nuevas cargas económicas a los pacientes, la clínica Unión Médica decidió ayer retirar de sus habitaciones y salas de espera, los televisores, en rechazo al cobro por el uso de estos equipos, disposición establecida, en la Ley Número 65-00 de Derecho de Autor de la República Dominicana.


El doctor Ariel Rodríguez, vocero de ese centro de salud, dijo que la decisión fue adoptada por considerar el cobro abusivo, en contra de los pacientes.

Explicó que de acuerdo a la legislación a los centros de salud se le quiere aplicar el cobro de RD$15.00 pesos por cada habitación, lo que implica un aumento adicional al costo de operación de los establecimientos de salud del país.

Tradicionalmente los centros de salud en su mayoría privados tienen instalados en sus habitaciones y salas de espera equipos televisores que son utilizados por los pacientes ingresados y los que acuden en busca de consultas médicas.

El derecho de autor en su artículo número dos comprende la protección de las obras literarias y artísticas, así como la forma literaria o artística de las obras científicas, incluyendo todas las creaciones del espíritu en los campos indicados, cualquiera que sea el modo o forma de expresión, divulgación, reproducción o comunicación, o el género, mérito o destino, incluyendo pero no limitadas.

Dentro de las cuales están las obras expresadas en forma escrita, a través de libros, revistas, folletos u otros escritos; las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de la misma naturaleza; las obras dramáticas o dramático-musicales y demás obras escénicas; las obras coreográficas y las pantomímicas; así como también las composiciones.

También las obras dramáticas o dramático-musicales y demás obras escénicas; las obras coreográficas y las pantomímicas; las composiciones musicales con letras o sin ellas; las obras audiovisuales, a las cuales se asimilan las expresadas por cualquier procedimiento análogo, fijadas en cualquier clase de soportes.

Además las obras de dibujo, pinturas, arquitectura, escultura, grabado, litografía y demás obras artísticas; las obras fotográficas a las cuales se asimilan las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía; las obras de arte aplicado y las ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras plásticas relativas a la geografía, a la topografía, a la arquitectura o a las ciencias.

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Fuente: LA INFORMACIÓN

 

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